El “Pacto de Toledo” fue para las Prestaciones Sociales (incluidas las Pensiones de Jubilación) lo que fueron los “Pactos de la Moncloa” de 1978 para los derechos laborales: las bases que propiciaron el principio del fin de un conjunto de derechos duramente conquistados a lo largo de la Historia por el movimiento obrero.
Los “Pactos de la Moncloa” fueron la puerta por la que se coló, entre otras, la posterior Ley del Estatuto de los Trabajadores; norma que, por primera vez, consagró el “despido libre”, eso sí: “apoquinando” el Empresario la cantidad prevista en concepto de Indemnización (siempre que no fuera insolvente o se procurara una declaración fraudulenta de “insolvencia”). El Estatuto de los Trabajadores y la consecuente reforma de la Ley de Procedimiento Laboral, alteraron el llamado “derecho de opción” en supuestos de Despidos Improcedentes: si hasta aquél momento, tal derecho (readmisión o indemnización) correspondía al trabajador/a, a partir de entonces sería la Empresa la que decidiría… Otra “guinda” del Estatuto de los Trabajadores fue inaugurar y bendecir legalmente la precariedad en el sistema de Contratos Laborales. Hasta aquél momento, los contratos fijos eran Ley, y los temporales excepción. Con el E.T. se “da la vuelta a la tortilla” (también en este aspecto) inaugurándose la época de proliferación de normas reguladoras de Contratos-basura (con diferentes niveles de putrefacción, según las circunstancias).
Curiosamente, los actores políticos (no nos referimos a las personas protagonistas –aunque en más de uno, dos y tres casos, coinciden…-) no variaron sustancialmente, en los 17 años transcurridos entre 1978 y 1995: prácticamente el “arco parlamentario” suscribiente de ambos “Pactos” fue el mismo: desde el PP (entonces denominada AP) hasta Izquierda Unida (en 1978 aún “nonata” y representada por el PCE), pasando por el PSOE, los nacionalistas burgueses catalanes, la UCD (“cosa” que se diluyó después, y dirigida por aquél entonces en Canarias por Manuel Hermoso –y no añadimos más…-), y en fin lo que configuraban las “fuerzas de orden” (burgués, por supuesto). Los “Pactos de La Moncloa” no fueron firmados por los escasos, y sin embargo bien corajudos representantes de la izquierda combativa y consecuente, entre los que cabe señalar, en el correspondiente lugar de honor, a nuestro compatriota Fernando Sagaseta y Pueblo Canario Unido, la organización que representaba.
Los “Pactos de la Moncloa” de 1978 fueron alborozadamente saludados como “una gran conquista para la democracia y los derechos de los trabajadores” por CCOO y UGT. De igual manera el Pacto de Toledo de 1995 provocó el éxtasis de UGT y CCOO, que declararon a los cuatro vientos (como corifeos que eran de los Partidos redactores) que, gracias al mismo, quedaban garantizados para el futuro los derechos sociales y el Sistema de Seguridad Social (sistema de Pensiones incluido). Por aquél entonces Cándido Méndez (ese que anda ahora mascando por las esquinas su última traición a la clase trabajadora) era ya Secretario General de la UGT, y el jefe de CCOO era un tal Antonio Gutiérrez (hoy Diputado del PSOE, que votóa favor de la “reforma laboral” y seguirá votando lo que le pongan por delante -por falta de principios y dignidad que no sea…-). El actual Secretario General de CCOO es Fernández Toxo, una especie de “clon” de Gutiérrez, pero más bajito y con bigote.
Pero bueno, centrándonos en el “Pacto de Toledo”, que da título a este artículo, empecemos por señalar una pequeña anécdota: el Presidente de la Comisión parlamentaria que redactó dicho texto se llamaba Rodolfo Martin Villa (¿Qué no conocen quién es este criminal falangista apresuradamente “reconvertido” en “demócrata de toda la vida” cuando las tornas cambiaron?: consulten cualquier buscador de Internet, que allí encontrarán abundante información…).
Por razones de espacio, nos vamos a centrar en un aspecto crucial del “Pacto” que se ha convertido en uno de los elementos clave que utilizan Patronal y Gobierno para dar “empaque doctrinal” a sus imposiciones, sin que CCOO y UGT puedan oponer motivos contundentes en contra, por cuanto de hacerlo, irían contra sus propios actos anteriores (y la soberbia de sus burócratas –además de su servilismo- impide cosa semejante): antes de la firma e implementación del “Pacto de Toledo” era una cuestión asumida por todos (con más o menos entusiasmo, en relación inversamente proporcional al volumen de Capital propiedad de quien analizara tal circunstancia) que, constituyendo el Sistema de Seguridad y Protección Social un conjunto de derechos fundamentales, y por consiguiente inalienables de la ciudadanía, su financiación suficiente correspondía al Estado, a través de las correspondientes Leyes de Presupuestos Generales, nutriéndose el Sistema, para su sostenimiento y mejora, tanto de la recaudación de Cuotas sociales (las Cuotas Patronales y Obreras) como, de ser preciso, de otras partidas presupuestarias provenientes de otros conceptos (recaudación de Impuestos, etc.). Sin embargo, el “Pacto de Toledo” introduce sibilinamente una novedad que, a la postre, ha resultado nefasta para los intereses de las clases trabajadoras: se consagra el llamado principio de “separación y diferenciación de las fuentes de financiación” del Sistema. ¿Qué se esconde tras tan ampuloso epígrafe?. Pues algunas cosas muy sencillas, como es el que, a partir de la firma del “Pacto”, La financiación de las prestaciones de naturaleza contributiva (Pensiones, Prestaciones por Desempleo, etc…) dependerá básicamente de las cotizaciones sociales, por lo que, al quedar estrictamente delimitados, dentro del modelo de protección, el sistema contributivo y no contributivo, queda excluida la posibilidad de complementar tal financiación con cargo a otras Partidas de los Presupuestos (ni aún en caso de necesidad).
De tal suerte (o más bien, mala suerte) que se declara que “el sistema de pensiones precisa de la constitución de reservas que atenúen los efectos de los ciclos económicos. Por ello, en su caso, los excedentes que pudieran existir en los ejercicios presupuestarios de los momentos de bonanza deberían ser utilizados para constituir, con títulos públicos adquiridos en mercados oficiales, fondos de equilibrio que permitan actuar en los momentos bajos del ciclo, sin acudir a incrementos de las cotizaciones.
Dicho en román paladino: se constituye lo que se ha venido en llamar la “hucha” del Sistema de Seguridad Social, cuyos ingresos (exclusivamente provenientes de las cuotas sociales) deberán servir para el pago de las Prestaciones correspondientes; de tal forma que una previsión (verdadera o falsa) de incapacidad de tal “hucha” para garantizar el pago de las Prestaciones a medio o largo plazo, se traducirá inmediatamente en recortes de las Prestaciones (o simplemente, su desaparición, pura y dura).
¡Todo esto se firmó con el entusiástico aplauso de CCOO y UGT!
Permítasenos una pequeña “acotación al margen”: ¿entienden ahora por qué, en un contexto donde el Gobierno anuncia “situaciones catastróficas” en las “reservas” que conforman la “hucha social”a medio plazo (basadas en “informes” absolutamente faltos de rigor provenientes del FMI, el BCE, Banco de España, etc.) dan ganas de echarse (dialécticamente hablando, naturalmente) “mano a la cartuchera” cada vez que el Gobierno acuerda (como lo ha hecho recientísimamente) rebajar o suprimir cuotas sociales de la parte Empresarial (que son las que aportan el grueso de la financiación de las reservas) bajo el pretexto de que, con tales dineros, éstas fomentarán el empleo?. ¡A otro pájaro con ese mochuelo, sinvergüenzas!.
Tal como expusieron acertadamente la mayoría sindical vasca que convocó la exitosa Huelga el 27 de enero (cuyas reflexiones suscribimos y transcribimos), el Informe de Recomendaciones del Pacto de Toledo, aprobado el día 25 por el Parlamento español, es el cumplimiento de un trámite para que el viernes, 28 de enero, el Gobierno concrete el mayor ataque al sistema público de pensiones de los últimos 25 años. Esta aprobación es una mera escenificación, en la que el Congreso se presta a cumplir los plazos impuestos por el gobierno.
El gobierno nos ha estado diciendo todos los días que iba a tomar dos tipos de medidas:
- Unas, para impedir o dificultar el acceso a una pensión a cada vez más gente. En este bloque se sitúa el incremento de la edad de jubilación a los 67 años, el aumento del número de años exigido para tener derecho a una pensión contributiva, o limitar las jubilaciones anticipadas. El Pacto de Toledo da cobertura directamente o deja hacer en todos estos ámbitos.
- El otro bloque tiene como objetivo recortar las nuevas pensiones. El documento de la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo contiene medidas muy graves en este apartado, como la de aumentar el número de años que se tienen en cuenta para calcular la pensión. Pasar de 15 a 20 años supone un recorte de las nuevas pensiones en un 6% de media. Pasar a 25 significa reducir las pensiones un 10% y pasar a 35 una disminución del 20%.
- Hasta ahora, el índice utilizado para la revalorización de las pensiones ha sido el IPC. Una de las recomendaciones establece que para la revalorización de las pensiones se utilicen otro tipo de indicadores que no garantizan el mantenimiento del poder adquisitivo de éstas. Además, la congelación de pensiones para el año 2011, medida adoptada por el Gobierno, ya ha reducido el poder adquisitivo de las personas que a día de hoy reciben una pensión.
- Sigue siendo una paradoja, que en un sistema de reparto público y solidario de pensiones, se continúen impulsando activamente los sistemas complementarios de pensiones. En este sentido, se propone aumentar los incentivos fiscales para favorecer la extensión de estos planes privados.
- Siendo la primera vez que una de las recomendaciones habla de mujer específicamente, se pierde la oportunidad de establecer medidas reales que garanticen la igualdad de oportunidades en todos los sentidos para mujeres y hombres. Así, se habla de medidas que profundizan en el actual sistema de división sexual del trabajo, perpetuando el papel asignado a la mujer en el ámbito del cuidado del Hogar.
El penúltimo Capítulo de esta triste historia lo encontramos en lo sucedido el 27 de Enero, fecha en la que, con nocturnidad y alevosía, CCOO y UGT firman un “principio de Acuerdo” con el Gobierno, en cuya virtud terminan por aceptar las tesis más duras y lesivas que, en materia de pensiones, había planteado el gobierno de Rodríguez Zapatero: tal es el caso de la ampliación de la edad de jubilación a 67 años (quien quiera jubilarse a los 65 tendrá que acreditar 38,5 años de cotización al Sistema); la ampliación de la base de cálculo de las jubilaciones a 25 años, la obligación de cotizar 37 años en lugar de los anteriores 35 para jubilarse con derecho al 100% de la Base Reguladora de la Pensión, etc... Puntos, todos ellos, por cierto, que los Secretarios generales, tanto de CCOO como de UGT, habían calificado como "inaceptables".
En el colmo de la desvergüenza, y acreditando (una vez más) que con este Sistema, tienen bien cogida la sartén (o el garrote) por el mango, los llamados “expertos” (economistas neoliberales al servicio del Capital) reaccionaron al citado e indigno “Principio de Acuerdo” con una chulería, prepotencia y sinvergoncería inauditas. Así, para el director ejecutivo de Fedea, Pablo Vázquez, las reformas propuestas son "positivas" y van en la "dirección correcta", aunque echa de menos algún elemento que permita “ajustar el sistema cada cierto tiempo en función de la evolución económica y demográfica sin necesidad de buscar ´pactos agónicos´, tal y como ocurre en otros países como Suecia”. Se necesita poca vergüenza para comparar el nivel de protección social que existe en Suecia con el del Estado español (y más aún con los parámetros de esta colonia africana).
No obstante, el “tal Vázquez” considera que la reforma proporciona cierta "tranquilidad" al Sistema y le da "vida", aunque se "queda un poquito corta" porque “no soluciona el problema demográfico de forma definitiva", sólo lo aplaza. "No es la última reforma de pensiones", señala Vázquez. Da la impresión de que para el “experto” de Fedea, lo que denomina “problema demográfico” precisaría de algo más drástico, para ser “resuelto definitivamente”… ¿una especie de reedición de la “solución final”, por casualidad…?.
En esta misma línea se ha manifestado el director del Servicio de Estudios del Instituto de Estudios Económicos (IEE), Gregorio Izquierdo, quien asegura que el concepto de las medidas es "correcto". "Están en la línea correcta y bien orientadas", ha señalado Izquierdo, tras recordar que, además, tienen cierto consenso social. "Van a contribuir a mejorar el equilibrio financiero", ha añadido el economista neoliberal quien, sin embargo, ha lamentado que no se haya elevado el límite legal de jubilación a los 70 años.
Asimismo, el abogado de CMS Albiñana & Suárez de Lezo, Alfredo Aspra ha señalado que las medidas "van en la buena dirección y tienen todo el sentido" porque los ciudadanos se incorporan más tarde al mercado de trabajo, aunque cree que quedan "muchos flecos pendientes". "Son medidas acertadas porque tienden a que el sistema sea más justo", ha señalado... Si a mí me asignaran a ese individuo para que me defendiera en un pleito laboral o de seguridad social, tengan por seguro que renunciaría inmediatamente a la defensa, aunque tuviera que tragarme como jurisperito al mismísimo “Abogado” que asistió a Ceaucescu y su esposa Helena en la parodia de “juicio” que montaron los golpistas rumanos con carácter previo al asesinato de ambos.
En resumen, el Pacto de Toledo tiene como función la de dar cobertura, cada cinco años, a un nuevo recorte de las pensiones. Eso significa que lo que ahora se apruebe lo volverán a querer modificar dentro de cinco años, por lo que no hay un escenario final. Nos encontramos ante una permanente descapitalización del sistema público de pensiones.
Las medidas suponen un brutal ataque al conjunto de la población, y en especial a los derechos de la gente más desfavorecida, de la gente que trabaja en condiciones más precarias, con el objeto de seguir profundizando en un reparto cada vez más injusto de la riqueza.
Estamos a tiempo de dar una respuesta contundente que demuestre que la reforma no se hará en nuestro nombre y obligue al Gobierno a "envainársela".
El titulo del articulo es suficiente para comentar lo siguiente: Como es posible que alguien deje ver subliminalmente que la culpa del desastre social y economico que tenemos lo tiene el "Pacto de Toledo"???? Es ganas de confundir al personal y de disfrazar la unica verdad que no es mas que el gobierno que nos ha tocado en desgracia no podria haberlo hecho peor. El "Pacto de Toledo" fue, es y sera un instrumento valiosisimo para poner de acuerdo a todos los involucrados en cuestiones laborales y de pensiones, como son, la empresa, el trabajador y el gobierno. Lo que ocurre es que si uno de estos interlocutores no cumple las reglas del juego, lo logico es que no se pueda seguir jugando y en este caso el que la ha roto ha sido el gobierno con unos recortes sociales sin precedentes y a la vez inadmisibles para el resto de los interlocutores.
ResponderEliminarNosotros no “dejamos ver subliminalmente” nada. Entre otros motivos, porque no es nuestro estilo… Nosotros lo que hemos afirmado claramente en este artículo, y nos reiteramos, es que el llamado “Pacto de Toledo” es “la madre de todas las tropelías” que se han perpetrado contra el Sistema legal de protección social vigente en el Estado desde 1995 hasta ahora.
ResponderEliminarHa sido el “instrumento doctrinal” que han venido utilizando los diferentes agentes políticos en el Poder en cada momento para dar progresivas “mordidas” a los derechos sociales de que disponían las clases populares. Un pequeño ejemplo: antes de la firma el “Pacto de Toledo”, el período de cálculo para fijar la cuantía de la Base Reguladora de la Pensión de Jubilación era de 8 (ocho) años. Hoy por hoy, y gracias a los acuerdos “consensuados” en la Comisión del Pacto de Toledo (para “sostener” el Sistema en el futuro, Comisión “dixit”), se calculan los últimos 15 (quince) años, lo que ha implicado una reducción media de las Pensiones en torno al 10%. Ahora, la “espada de Damocles” se sitúa en una nueva ampliación del período de cálculo (ya bendecida por la Comisión del Pacto de Toledo) que oscila entre 20 años (lo que implicaría una nueva reducción de la cuantía de la Pensión en torno al 6%), 25 años (aproximadamente un 12% de reducción) o incluso toda la vida laboral (en cuyo caso, la reducción estaría por encima del 20%).
Ello porque atendiendo a los cálculos “desinteresados” de diferentes órganos ejecutivos del Capital Financiero Internacional, la “única fuente de financiación” de las prestaciones contributivas según criterio impuesto a partir de la firma del Pacto de Toledo (el Fondo de Reserva o “Hucha social” que se nutre exclusivamente de las cuotas sociales) entraría en “quiebra técnica” a partir de diversas fechas, que se van ampliando a medida que se cumplen las fechas pre-fijadas(la penúltima estimación fue que el Sistema colapsaría en 1999 –y ya ven: aquí seguimos tan ricamente…-).
Demás está decir que los “estudios y previsiones” que hacen “los Mercados” y los “expertos” puestos a su servicio, están preñados de ideología reaccionaria pura y dura y carecen de objetividad (ver, entre otros, el artículo de Vicenç Navarro publicado en este Blog: http://cuis-canarias.blogspot.com/2011/01/el-dogma-neoliberal-y-las-pensiones.html).
El Comentario Anónimo que motiva esta respuesta, carece de argumentación concreta que sirva para rebatir de forma específica cualquiera de los Puntos que conforman nuestro Artículo. En tal aspecto, a nuestros datos, opone mera ideología, aderezada de una buena dosis de demagogia: no hay nada más…
Sin embargo, no queremos terminar esta respuesta sin recordar (aunque más propiamente deberíamos decir “informar”) que la “Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo” (igual que lo fue la Comisión que “parió la criatura” en 1995) no es ningún “órgano de encuentro” donde puedan participar, en igualdad de condiciones los denominados “agentes sociales” (Sindicatos-Gobierno-Patronal) para “consensuar” nada. La Comisión de Seguimiento del Pacto es un órgano parlamentario, emanado de las Cortes, formado exclusivamente por los Grupos Parlamentarios constituidos (cuyo voto es ponderado, según el numero de Diputadas/os de que disponga cada uno) y el Gobierno; y por tanto, al que no pertenecen (al menos formalmente) los “Sindicatos” ni la Patronal.
La “Comisión de Seguimiento” se reserva su derecho a convocar a los “agentes sociales” que les venga en gana, a los solos efectos de “ser oídos”. Sí, señor Anónimo, a los llamados “Sindicatos mayoritarios” solo les cabe legalmente hacer de espectadores o corifeos en la tan cacareada Comisión del Pacto de Toledo.
Eso fue así en 1995, lo sigue siendo ahora, y lo seguirá siendo hasta que les “paremos las patas” (a todos, naturalmente).