martes, 14 de junio de 2011

Majo (o machuco) y limpio a los asalariados*

Aprovechando la coyuntura del escándalo causado por el Decreto-Barreno contra los Convenios Colectivos, el ejecutivo psoeísta autoriza a las Empresas los despidos masivos y baratos basados esta vez  en... ¡meras "previsiones de pérdidas transitorias"!

Valeriano Gómez, actual Ministro de Trabajo y ugetista en excedencia
L pasado viernes 10 junio el ministro de Trabajo del Ejecutivo psoeista, Valeriano Gómez,comparecía ante los medios de comunicación para dar cuenta de las nuevas "reformas" del mercado laboral aprobadas ese mismo día por el Consejo de ministros. Como se recordará, tras la ruptura de las negociaciones sobre los convenios colectivos entre CCOO-UGT y la Patronal, el Gobierno español anunció su decisión de imponer por decreto un nuevo marco para los mismos. La orientación de este decreto no ha supuesto ninguna sorpresa. El Ejecutivo legislará sobre los convenios colectivos endureciendo la última contrarreforma laboral en línea con las exigencias de la Patronal y las "orientaciones" de la UE, el BCE y el FMI...



En su comparecencia pública el ministro de Trabajo anunciaba que los "cambios" en el mercado laboral no afectarán solamente a la negociación colectiva, sino también al marco legal de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). Si la última contrarreforma laboral permitía a las empresas aplicar estos expedientes pagando solamente 20 días por año trabajado a cada empleado enviado al paro, el anterior marco legal de los ERES solo contemplaba su aplicación en aquellas empresas que acreditasen una previsión de pérdidas permanente. El nuevo reglamento aprobado por el Gobierno socialdemócrata permitirá ahora realizar estos despidos colectivos incluso cuando las pérdidas sean solamente "temporales". La medida viene, pues, a extender de forma decisiva la patente para despedir fácilmente y al más bajo costo.

En lo referente a la negociación colectiva, el Ejecutivo zapatero ha liquidado definitivamente la "ultraactividad" de los mismos. Es decir, la prórroga que hasta el momento se aplicaba a estos convenios una vez expirados y mientras se negociaba su reedición. En este punto, el decreto gubernamental acorta de manera significativa los plazos permitidos para la negociación. El texto legal establece un plazo de ocho meses para convenios de hasta dos años de duración y de 14 meses para los de vigencia superior. Pasado este periodo, en el caso de que no se llegase a un acuerdo impone como obligatoria la intervención de un árbitro cuyo dictamen será de obligado cumplimiento. La contrarreforma consagra, por tanto, la figura del arbitraje forzoso con el pretexto de "desbloquear" los convenios, acabando mediante otro método con la prórroga automática de los mismos.

La "flexibilidad interna"

Otro elemento incluido en el último decreto aprobado por el Gobierno socialdemócrata es la llamada “flexibilidad interna”. Este término se refiere a la posibilidad que se ofrecerá a las empresas para descolgarse de los convenios sectoriales o provinciales, modificando a la baja las condiciones de trabajo.Incluye, asimismo, la posibilidad de realizar ajustes salariales desvinculándose de los salarios marcados por el sector. Se permitirá también a los empresarios que distribuyan una parte de la jornada de trabajo en función de las "necesidades de la firma", con el objetivo de disminuir el pago de jornadas extraordinarias.

Un paso firme hacia la liquidación de los convenios

La reforma de los convenios colectivos supone, en suma, liquidar la actual prevalencia de los convenios provinciales y sectoriales con la excusa de  “acercar la negociación al ámbito de la empresa". Las Compañías que se rijan por éstos -más de 70% según los datos del Ministerio de Trabajo - podrán abrir un nuevo convenio de empresa "en cualquier momento", con condiciones a la baja y sin esperar a que el provincial expire. Es decir, que las empresas podrán adaptar tanto las condiciones laborales como sus plantillas a "su propia coyuntura", sin respetar los acuerdos establecidos con anterioridad.


*FUENTE: Arturo Inglott

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